Ley 12/2001 ст. 171
CAPÍTULO XXXVI
Artículo 171. Bonificaciones.
La tasa por la solicitud de concesión de la etiqueta ecológica será objeto de las siguientes reducciones:
a) Reducción del 30 %, para los solicitantes registrados en el Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS).
b) Reducción del 15 %, para los solicitantes que dispongan de certificación conforme a la norma ISO 14001.
Las reducciones no serán acumulativas. Cuando se satisfagan ambos sistemas solo se aplicará la reducción más elevada.
La reducción estará sujeta a la condición de que el solicitante se comprometa expresamente a garantizar que sus productos con etiquetado ecológico cumplen plenamente los criterios pertinentes de la etiqueta ecológica de la UE durante el periodo de validez del contrato Ecolabel y que este compromiso se incorpore de forma adecuada en su política medioambiental y en objetivos ambientales detallados.
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