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Ley Foral 13/2000 · Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria.

Ley Foral 13/2000 ст. 153

Sección 4

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Artículo 153. Órgano competente.

1. La competencia para el conocimiento, tramitación y resolución de las reclamaciones económico-administrativas corresponde en única instancia al Tribunal Económico-Administrativo Foral de Navarra, cuyas resoluciones agotan la vía administrativa y son recurribles en vía contencioso-administrativa con arreglo a las normas propias de dicha Jurisdicción.

2. El ejercicio de la competencia del Tribunal Económico-Administrativo Foral de Navarra será irrenunciable e improrrogable, y no podrá ser alterada por voluntad de los interesados.

3. El Tribunal Económico-Administrativo Foral de Navarra podrá funcionar en Pleno o de forma unipersonal a través de la Presidencia o de cualquiera de sus vocalías, en los supuestos previstos reglamentariamente.

4. Reglamentariamente se regulará la composición, organización y funcionamiento del Tribunal Económico-Administrativo Foral de Navarra, así como el procedimiento económico-administrativo y la ejecución de sus resoluciones.

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