Real Decreto 946/2001 ст. 15
ESTATUTO
Artículo 15. Recursos económicos y patrimonio.
1. Los bienes y medios económicos del Real Patronato son los siguientes:
a) Los bienes y valores que constituyan el patrimonio, así como los productos y rentas del mismo.
b) Las transferencias y subvenciones que anualmente se consignen en los Presupuestos Generales del Estado.
c) Los ingresos de derecho público o privado que le corresponden y, en particular, los que procedan del desarrollo de las actividades relacionadas con los fines del Real Patronato.
d) Las donaciones, legados y otras aportaciones de entidades privadas y de particulares.
e) Cualesquiera otros recursos económicos, ordinarios o extraordinarios que esté legalmente autorizado a percibir.
2. El régimen patrimonial será el establecido en el artículo 101 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
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