Real Decreto 258/1999 ст. 10
CAPÍTULO III
Artículo 10. Responsable de suministro y renovación del botiquín.
El suministro y la renovación del contenido del botiquín y de los antídotos se realizará bajo la responsabilidad exclusiva del empresario, sin que en ningún caso pueda implicar ninguna carga financiera para los tripulantes.