Ley 7/1999 · Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.
Ley 7/1999 ст. 49
CAPÍTULO III
Artículo 49. Planes de ordenación.
La formación de los planes de ordenación y aprovechamiento de los bienes comunales de carácter forestal debe subordinarse a lo que disponga la normativa sectorial correspondiente.