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Ley 5/1999 · Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.

Ley 5/1999 ст. 3

TÍTULO PRELIMINAR

ДействуетОфициальный текст

Artículo 3. Gestión y dirección de la actividad urbanística.

1. La dirección y el control de la actividad urbanística corresponden a la Comunidad Autónoma y a los Municipios de Castilla y León, dentro de sus respectivas competencias, sin perjuicio de la participación de las restantes Administraciones públicas y de la iniciativa privada, en las formas previstas en esta Ley.

2. La actividad urbanística podrá gestionarse directamente por la Administración competente o bien de forma indirecta, a excepción de la aprobación de los instrumentos de planeamiento y gestión urbanística y, en general, de las actividades que impliquen el ejercicio de autoridad, que sólo podrán desarrollarse mediante gestión directa.