Real Decreto 2668/1998 ст. 18
CAPÍTULO IV
Artículo 18. Presupuestos.
1. La Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos elaborará y aprobará anualmente su anteproyecto de presupuestos, con la estructura que establezca el Ministerio de Hacienda, y de acuerdo con la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
2. La ejecución y modificación se regirán por las disposiciones de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, que le sean de aplicación.
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