Ley 8/1997 ст. 27
Sección 5
Artículo 27. Exención.
Estarán exentos del pago de la tasa las Corporaciones Locales y sus Mancomunidades.
Sección 5
Artículo 27. Exención.
Estarán exentos del pago de la tasa las Corporaciones Locales y sus Mancomunidades.