Real Decreto 83/1996 ст. 63
TÍTULO IV
Artículo 63. Programación de actividades de la residencia.
1. El equipo educativo de la residencia elaborará, la Programación de actividades, que incluirá:
a) El horario general
b) Las actividades de orientación y tutoría propias de la residencia.
c) El régimen de convivencia y de funcionamiento.
d) La organización del ocio y del tiempo libre.
2. La programación general anual en institutos con residencia especificará, en el horario general del instituto, el de la residencia e incluirá la programación de actividades de la misma.