Ley 7/1996 · Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.
Ley 7/1996 ст. 69
CAPÍTULO III
Artículo 69. Graduación.
Las sanciones se graduarán especialmente en función del volumen de la facturación a la que afecte, cuantía del beneficio obtenido, grado de intencionalidad, plazo de tiempo durante el que se haya venido cometiendo la infracción, reincidencia y capacidad o solvencia económica de la empresa.
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