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Real Decreto 1993/1995 · Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

Real Decreto 1993/1995 ст. 38

CAPITULO V

ДействуетОфициальный текст

Artículo 38. Causas de disolución.

Las Mutuas cesarán en su colaboración con la Seguridad Social, con la consiguiente disolución de la entidad:

1. Por acuerdo adoptado en Junta general extraordinaria, convocada expresamente al efecto.

2. Por fusión o absorción de la entidad.

3. Por dejar de concurrir las condiciones necesarias para su constitución y funcionamiento.

4. Por el transcurso del plazo señalado en los estatutos para la actuación de la entidad.

5. Porque así lo acuerde el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en el supuesto de que el plan de viabilidad, rehabilitación o saneamiento a que se refiere el párrafo a) del apartado 2 del artículo 60 no haya conseguido remover las circunstancias que dieron lugar a su adopción, y no se prevea su remoción en el plazo máximo de un año.

6. Porque, tras la tramitación del oportuno expediente, así lo acuerde la Secretaría General para la Seguridad Social, a propuesta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley 8/1988, de 7 de abril, sobre infracciones y sanciones en el orden social.