Ley Foral 2/1995 · Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.
Ley Foral 2/1995 ст. 40
Subsección 3
Artículo 40.
La entidad local titular del aprovechamiento urbanístico de cesión obligatoria y gratuita que corresponda por aplicación de la legislación urbanística participará proporcionalmente a dicha aportación en los costes de urbanización.