Ley Foral 2/1995 · Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.
Ley Foral 2/1995 ст. 207
Sección 2
Artículo 207.
1. Los créditos aprobados tienen carácter limitativo y vinculante.
2. No podrán autorizarse o adquirirse compromisos de gasto en cuantía superior al importe de los créditos aprobados en los estados de gastos, siendo nulos de Pleno derecho los acuerdos, resoluciones y actos administrativos que infrinjan la expresada norma, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar.
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