Ley Foral 2/1995 · Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.
Ley Foral 2/1995 ст. 115
Subsección 4
Artículo 115.
Una vez determinada la cuota a satisfacer, el órgano de gobierno competente de la entidad podrá conceder, a solicitud del sujeto pasivo, el fraccionamiento o aplazamiento de aquélla por un plazo máximo de cinco años.