Ley 19/1995 · Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.
Ley 19/1995 ст. 8
CAPÍTULO II
Artículo 8. Préstamos.
Quedarán exentas del gravamen gradual de Actos Jurídicos Documentados, las primeras copias de escrituras públicas que documenten la constitución, modificación o cancelación de préstamos hipotecarios sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido, cuando los mismos se concedan a los titulares de explotaciones prioritarias para la realización de planes de mejora y a los titulares de explotaciones que no siendo prioritarias alcancen dicha consideración mediante adquisiciones financiadas con el préstamo.