Ley 41/1994 · Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995.
Ley 41/1994 ст. 44
CAPÍTULO I
Artículo 44. Operaciones de crédito autorizadas a organismos autónomos y entes públicos.
Se autoriza a los organismos y entidades que figuran en el anexo III de esta Ley a concertar operaciones de crédito durante 1995 por los importes que, para cada uno, figuran en el anexo citado.