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Ley 37/1988 · Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989.

Ley 37/1988 ст. 2

CAPITULO I

ДействуетОфициальный текст

Artículo 2. De la aprobación de los Estados de Gastos e Ingresos de los Entes referidos en las letras a) a e) del artículo 1 de la presente Ley.

Uno. Para la ejecución de los programas integrados en los Estados de Gastos de los Presupuestos de los Entes mencionados en los apartados a), b), c), d) y e) del artículo anterior se aprueban créditos en los capítulos económicos I a VIII por importe de 15.749.484.711 miles de pesetas, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta Ley. La agrupación por funciones de los créditos de estos programas es la siguiente, en miles de pesetas:

Dos. En los Estados de Ingresos de los Entes referidos en el número anterior se recogen las estimaciones consolidadas de los derechos económicos que se prevén liquidar durante el ejercicio presupuestario. Su distribución expresada en miles de pesetas se recoge a continuación:

Tres. Para las transferencias internas entre los Entes referidos en el número uno de este artículo se conceden créditos por importe de 2.659.510.990 miles de pesetas, con el siguiente desglose por Entes:

Cuatro. Los créditos incluidos en los Programas y Transferencias entre subsectores de los Estados de Gastos aprobados en este artículo se distribuyen orgánica y económicamente, expresados en miles de pesetas, según se indica a continuación:

Cinco. Para amortización de pasivos financieros, cuya distribución por programas se detalla en el anexo I de esta Ley, se autorizan créditos en el capítulo IX de los Estados de Gastos de los Entes a que se refiere el apartado uno, por importe de 394.379.502 miles de pesetas.