Ley 1/1986 · Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
Ley 1/1986 ст. 75
CAPÍTULO VIII
Artículo 75.
Los funcionarios de la Comunidad de Madrid tienen derecho a las indemnizaciones por razón del servicio que reglamentariamente se establezcan, y de conformidad con la legislación del Estado.