Real Decreto 1064/1983 ст. 8
Artículo 8.
1. Los expedientes en tramitación correspondientes a los servicios que estén pendientes de resolución definitiva antes de la fecha de efectividad de la transferencia se entregarán a la Comunidad Autónoma para su decisión. No obstante, los recursos administrativos contra resoluciones de la Administración del Estado se tramitarán y resolverán por los órganos de ésta.
2. La entrega de bienes, derechos y obligaciones y documentación deberá formalizarse mediante la correspondiente acta de entrega o recepción, conforme a la normativa estatal correspondiente.
3. Respecto a la documentación que se encuentre archivada, la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha podrá solicitar su entrega para la mejor prestación del servicio. La Administración del Estado la remitirá en su original o por copia, según crea conveniente en cada caso.