Decreto-ley 1/2019 ст. 6
TÍTULO II
Artículo 6. Medidas de incentivación.
La prestación de servicios en los puestos de difícil cobertura/provisión, será incentivada a través de las siguientes medidas:
1. Reconocimiento del Complemento de garantía asistencial, destinado a remunerar al personal que desempeñe puestos de trabajo identificados como de difícil cobertura, con las siguientes cuantías:
Grupo A1: 6000 € anuales.
Grupo A2: 1300 € anuales.
Grupo C1: 300 € anuales.
Grupo C2: 300 € anuales.
Otras Agrupaciones Profesionales: 300 € anuales.
2 a 6. (Derogados)
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- Vigente desde 2026-01-20