Orden EHA/1220/2008 Art. 9
CAPÍTULO II
Artículo 9. Reorganización de unidades.
En caso de supresión de órganos, la baja del perfil de contratante del órgano suprimido se efectuará en virtud de comunicación cursada por el órgano que asuma las funciones de éste, procediéndose a la oportuna adscripción al sucesor de los espacios de licitación que se refieran a procedimientos de adjudicación en curso.