Orden EHA/1220/2008 Art. 4
CAPÍTULO II
Artículo 4. Sistemas para la interacción con la Plataforma de Contratación del Estado.
La interacción del órgano de contratación con la Plataforma de Contratación del Estado, a efectos de la publicación de la información relativa a licitaciones, podrá efectuarse a través del Portal o a través de los Servicios web definidos al efecto y publicados en la propia Plataforma, en la forma prevista en los artículos sexto y séptimo.
La información contractual de carácter general, no vinculada a procedimientos concretos de adjudicación, se enviará a la Plataforma a través del Portal, por correo electrónico o por medio de escrito.